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Definen procedimiento para predios en condición de amenaza y riesgo

voxmedia 23 de abril de 2026

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Definen procedimiento para predios en condición de amenaza y riesgo

Foto Alcaldía de Manizales

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En Manizales, el desarrollo urbano en terrenos con condiciones geotécnicas especiales requiere el cumplimiento de un procedimiento técnico definido por la Administración Municipal. Mediante este lineamiento, se establecen los criterios para la elaboración y aprobación de estudios detallados de amenaza y riesgo, en concordancia con el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), Acuerdo 0958 de 2017.

Los estudios aplican a predios que por sus condiciones geográficas y topográficas requieren de estudios que determinen las obras que deben desarrollarse para garantizar la estabilidad del terreno. La disposición busca que cualquier intervención cuente con respaldo técnico antes de iniciar procesos urbanísticos o constructivos.

Desde la Secretaría de Planeación se indicó que la responsabilidad de adelantar los estudios y diseños son de los interesados en desarrollar los proyecto urbanísticos. Esto implica que propietarios, gestores o urbanizadores deben verificar previamente las condiciones normativas del predio. Como orientación, se recomienda solicitar un concepto de norma urbanística ante los curadores urbanos, con el fin de conocer si el terreno es apto para desarrollo.

  • El procedimiento inicia con la consulta de los Términos de Referencia, disponibles en la página web oficial de la Administración Municipal. Allí se encuentran las especificaciones según el tipo de amenaza a evaluar, como deslizamientos, inundaciones o subsidencia.

(https://alcaldiamanizales-my.sharepoint.com/:f:/g/personal/paginaweb_manizales_gov_co/IgDbszFy9HwCQ4RY7pvsN4ZAbHt7nswP8uun5wxaZT6LJc?e=oILzT0)

  • Luego, el interesado debe contratar profesionales idóneos para la elaboración del estudio detallado. Estos expertos asumen la responsabilidad sobre la calidad técnica del documento y de los diseños asociados, incluidos los relacionados con posibles obras de mitigación.
  • El proceso exige una revisión independiente. El estudio debe ser evaluado por un profesional distinto al que lo elaboró, con experiencia mínima de cinco años o formación de posgrado en áreas como geotecnia, estructuras o ingeniería sísmica. Esta validación permite verificar el cumplimiento de los estándares exigidos por la normativa vigente.
  • Una vez completado este paso, el estudio debe radicarse ante la Unidad de Gestión del Riesgo (UGR) de la Alcaldía de Manizales, junto con la certificación del revisor independiente. Con base en esta información, la UGR emite un concepto técnico dirigido a la Secretaría de Planeación, en el que se define la necesidad de realizar un ajuste cartográfico en los planos de amenaza y riesgo del POT.
  • Si el estudio contempla obras de mitigación que involucren predios de terceros, el interesado debe presentar autorizaciones escritas de los propietarios y certificados de tradición actualizados. Este requisito garantiza que cualquier intervención cuente con el respaldo legal correspondiente.
  • Finalmente, la Secretaría de Planeación expide la Resolución de Ajuste Cartográfico, mediante la cual se incorporan los resultados del estudio al POT. Este paso formaliza la información técnica dentro de los instrumentos de planificación del municipio.

La Secretaría de Planeación informó que el tiempo estimado para la revisión y emisión de los actos administrativos, una vez radicado el estudio completo, es de hasta 15 días hábiles.

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