El Concejo de Manizales aprobó por unanimidad, en segundo debate en plenaria, el Proyecto de Acuerdo 082, que define los factores de subsidio y contribución en la prestación de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo de Manizales para el año 2023. Dicho proyecto de acuerdo pasó a sanción del alcalde Carlos Mario Marín Correa.
De acuerdo con lo que establece el proyecto, los beneficiarios de estratos 1, 2 y 3 recibirán los subsidios de la siguiente manera:
Servicio Público Domiciliario
Estrato Acueducto Alcantarillado Aseo
Cargo fijo Cargo básico Cargo fijo Cargo básico Servicio Ordinario
1 64% 64% 64% 64% 67,20%
2 40% 40% 40% 40% 37,20%
3 15% 15% 15% 15% 9,00%
“Son alrededor de 77 mil las familias beneficiarias del subsidio en el servicio de acueducto, alcantarillado y aseo, de las cuales, más de 10 mil pertenecen al estrato 1. Con este tipo de proyectos se reduce la desigualdad y se contribuye en la calidad de vida de los menos favorecidos”, explicó el secretario de Hacienda de Manizales, John Alexander Alzate Quiceno.
Por su parte, el concejal ponente del proyecto, Martín Sierra, aseguró al respecto que “es un logro para la inversión social. Esto representa cerca de $ 100 millones para el estrato 1”.
Entretanto, Omar Eliud Nova, gerente de Aguas de Manizales, manifestó que “es un gran apoyo que recibe el estrato 1 de parte de la Administración Municipal y del Concejo”.
Para el 2023 el estimado del aporte del municipio en los subsidios de acueducto, alcantarillado y aseo sería de $ 3 mil 480 millones. De acuerdo con lo anterior, el Municipio hará el pago con recursos del Sistema General de Participaciones (SGP).
En el caso de los estratos 5, 6, comercial e industrial se mantendrán los siguientes factores de contribución:
• Estrato 5: 50% de cargo fijo y consumo para acueducto, 50% de cargo fijo y consumo para alcantarillado y 57,6% para servicio ordinario de aseo.
• Estrato 6: 60% de cargo fijo y consumo para acueducto, 60% de cargo fijo y consumo para alcantarillado y 67,2% para servicio ordinario de aseo.
• Comercial: 50% de cargo fijo y consumo para acueducto, 50% de cargo fijo y consumo para alcantarillado y 55,3% para servicio ordinario de aseo.
• Industrial: 30% de cargo fijo y consumo para acueducto, 30% de cargo fijo y consumo para alcantarillado y 37,4% para servicio ordinario de aseo.
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